Puede solicitar en los tribunales una indemnización por el sobreprecio que usted pagó por el camión a causa del pacto ilegal de precios

Novedad: Reclame por compras de vehículos Scania, si no lo ha hecho aún

¿Compró un camión Man-Volvo/Renault-Daimler-Iveco-Daf-Scania entre 1997 y 2011 y no interrumpió la prescripción o quiere reclamar a través de nuestra firma?

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    • Única firma que le ofrece asesoramiento presencial en toda España: 35 sedes y 350 abogados para analizar su caso particular en detalle.
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    Las preguntas que se hace y las respuestas

    Ayudamos a obtener una compensación económica en los tribunales por el perjuicio sufrido, a causa del cártel de fabricantes de camiones sancionado por la Unión Europea y que provocó un alza en los precios de venta de los entre 1997 y 2011, y que afectó a camiones de peso medio (entre 6 y 16 toneladas) y camiones pesados (más de 16 toneladas), de las marcas MAN, Volvo/Renault, Daimler, Iveco, DAF Y Scania.

    Más en concreto:

    • Los perjudicados son los adquirentes de camiones de las marcas MAN, Volvo/Renault, Daimler, Iveco, y DAF, entre los años 1997 y 2011.
    • También quienes suscribieron un contrato de leasing de dichas marcas, en esos años.
    • Adquirentes de vehículos ya vendidos con posterioridad.
    • No podrán los compradores de vehículos de segunda mano.
    • En cuanto a las modalidades de renting, podrían ser reclamables. Consúltenos
    • Observaciones sobre camiones lagarto. – Entendemos, analizando la Resolución íntegra que sanciona a los fabricantes, que no se limita los camiones afectados según su uso, y basta con que cumplan los requisitos de tonelaje y fecha de adquisición.

    El Tribunal de Luxemburgo ha ratificado recientemente la sanción a Scania, que recurrió la sanción de la Comisión Europea, tras ser condenada como partícipe en las prácticas contrarias a la libre competencia. Esto supone abrir un nuevo plazo para reclamar, con estas particularidades:

    1. Usted puede reclamar directamente a Scania en relación con los vehículos de carga media y pesada de ducha marca que usted hubiera adquirido en esas fechas.

    2. Usted puede reclamar a Scania vehículos de otras marcas (DAF, Volvo-Renault, MAN, Iveco y DAIMLER-Mercedes), entre los años 1997 y 2011, cuando en relación a los vehículos de dichas marcas, usted no hubiera hecho en plazo y forma la interrupción extraprocesal de la prescripción (vía fax internacional certificado, burofax electrónico u otro medio fehaciente) ante cada uno de los fabricantes. Y ello, porque los fabricantes son responsables solidarios entre sí.

    Nuestro servicio y honorarios

    Servicio:

    – Reclamación previa extrajudicial al fabricante.
    – Demanda judicial, respaldada por dos informes periciales, uno general respecto a cada fabricante partícipe en el cartel para el acuerdo de precios, y otro individualizado, relativo al vehículo concreto, y a través del cual establecemos el cálculo del sobreprecio aplicado y, por tanto, de la cuantía a reclamar, incluidos intereses y el IVA.

    Honorarios y gastos

    – Sin honorarios fijos, cobramos sólo por resultado favorable.
    – Le cobramos 200 € de gastos por vehículo, lo que abarca la interrupción de la prescripción, y gastos de traducciones. No le cobramos informes periciales (genérico e individual por vehículo), ni honorarios de abogado. Excluidos gastos de notario para poderes y tasas judiciales, que son a cuenta del cliente.

    Para determinar la consideración de los vehículos industriales afectados por el cártel de fabricantes sancionado por la Comisión Europea, a efectos de considerar su condición de camiones de peso medio (entre 6 y 16 toneladas) y camiones pesados (más de 16 toneladas), en sus distintas modalidades de camión medio, camión rígido de carretera, camión rígido de obras, tractocamión, etc, hay que atender estas indicaciones:

    • En la mayoría de las fichas técnicas la Masa Máxima Autorizada (MMA) y la Masa Máxima Técnica Autorizada (MMTA) coincide, por lo tanto a la hora de escoger un camión afectado es sencillo, es cuestión de escoger aquellos en los que figure más de 6 tn.
    • Pero en algunos vehículos industriales estas cantidades pueden variar. La normativa no es clara ya que se habla de Masa Máxima sin especificar, pero, sin embargo, en el BOE (Consultelo aquí) se especifica lo siguiente: “Masa máxima”: “masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA)”, por lo que habrá que buscar el valor MMTA (F.1).

    La MMTA es la masa de homologación, y equivale al peso máximo de carga neta más la tara del camión en vacío que pueden arrastrar para cada tipo de camión.

    Puede consultarse también aquí

    Documentación necesaria:

    Le recordamos que, para atender su nueva reclamación, necesitamos disponer de:

    • Contrato de compraventa, o, en su caso, de leasing
    • Facturas de compra, o, en su caso, del pago de las cuotas del contrato de leasing.
    • Documentación técnica del vehículo y permiso de circulación

    Si usted carece de alguno de estos documentos, le informamos de posibles vías para obtenerlos:

    1. Solicitar de la parte vendedora (concesionario) copia de las facturas, o bien a gestorías que pudieran haber atendido sus obligaciones fiscales, así como a las entidades de leasing, en su caso.
    2. Revisar la contabilidad de la empresa
    3. Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico:
    Dirección telemática para obtener tarjeta técnica y permiso de circulación:
    https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/tu-coche/informe-de-vehiculo/

    Será útil también que nos remitiera, si no consta en la factura de compra, pero sí en comunicaciones del concesionario, la posible valoración que le hicieran del vehículo usado que hubiera entregado como parte del precio, especialmente en caso de leasing.

    Puede hacer remitir la documentación por estos medios:

    • Al correo transporte@hispajuris.es
    • A la dirección postal: Hispajuris. Calle Orense, 6. Pl. 12ª. 28020 Madrid, previo aviso.
    • Puede acudir a alguna de nuestras 35 sedes en toda España. Si esta es su preferencia, comuníquenoslo y le concertamos una cita.

    Puede llamarnos y le resolvemos sus dudas, así como le facilitamos la hoja de encargo para formalizar el mismo, con el compromiso de su parte de remitirnos la documentación necesaria, y la transferencia de gastos.

    Puede descargar la hoja aquí, y remitirla a transporte@hispajuris.es

    Si lo necesita, contáctenos a través de nuestro número de teléfono: 900 105 108 o por email: secretariado@hispajuris.es

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    HOJA ENCARGO PROFESIONAL POST ABRIL 2018

    Se trata de un riesgo muy limitado, que requiere que se dé una desestimación total, y no sólo parcial, de las pretensiones supuesto en que cada parte deberá abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad, salvo que el Juez aprecie que alguna de ellas ha litigado con temeridad, hecho descartable respecto al demandante dado que existe una decisión firme sancionadora de la Comisión Europea.

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